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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238317
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 85, Tercera Parte; Pág. 29

SEGURO SOCIAL. INCONFORMIDAD ESTABLECIDA EN EL ARTICULO 133 DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL. DEBE AGOTARSE ANTES DE ACUDIR AL JUICIO DE NULIDAD FISCAL.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 85, Tercera Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo en revisión 922/75. Laminadora Xalostoc, S.A. 8 de enero de 1976. Cinco votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Sexta Epoca, Tercera Parte, Volumen XCVIII, página 53, tesis de rubro "SEGURO SOCIAL, RECURSO DE INCONFORMIDAD CONTRA RESOLUCIONES DEL.".
Registro digital (IUS): 238317