Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/238319
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238319
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 84, Tercera Parte; Pág. 25

AGRARIO. AMPARO EN MATERIA AGRARIA. SUS NOTAS DISTINTIVAS.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 84, Tercera Parte; Pág. 25

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 28, página 40. Amparo en revisión 10046/68. Poblado Colonia de Fuentes, Municipio de Cortazar, Guanajuato. 15 de abril de 1971. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Volumen 39, página 13. Amparo en revisión 3811/70. Eduardo Ortiz R. y coagraviados. 23 de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Volumen 46, página 13. Amparo en revisión 941/72. Comisariado Ejidal del Ejido "La Loma", Municipio de Tacámbaro, Michoacán. 31 de octubre de 1972. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Volumen 78, página 41. Amparo en revisión 4769/73. Arnulfo Chávez Espino. 27 de marzo de 1974. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Volumen 82, página 13. Amparo en revisión 1356/75. Comisariado Ejidal del Ejido de "Providencia", Municipio de León Guanajuato. 9 de octubre de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 2, la tesis aparece bajo el rubro "AMPARO EN MATERIA AGRARIA. SUS NOTAS DISTINTIVAS.".
Registro digital (IUS): 238319