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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238364
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 80, Tercera Parte; Pág. 25
AGRARIO. POSESION. PRUEBA PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 252 DE LA LEY FEDERAL DE REFORMA AGRARIA (66 DEL CODIGO AGRARIO). RECIBOS DE PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL NO LA ACREDITAN.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 80, Tercera Parte; Pág. 25
Los recibos de pago del impuesto predial no acreditan los requisitos que debe tener la posesión en los términos del artículo 252 de la Ley Federal de Reforma Agraria, 66 del Código Agrario, y lo único que demuestran es precisamente dicho pago, o, cuando más, constituyen un indicio, pero no prueba plena de la posesión.
Precedentes
Amparo en revisión 2359/74. Héctor Murguía Valdez y otros. 11 de agosto de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen CXXVII, página 41. Amparo en revisión 3475/67. Toribia Bañuelos viuda de Casillas. 22 de enero de 1968. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Nota: En el Volumen CXXVII, página 41, la tesis aparece bajo el rubro "POSESION. NO SE DEMUESTRA CON RECIBOS DE PAGOS DE CONTRIBUCIONES.".