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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238371
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 80, Tercera Parte; Pág. 41
OBRAS PUBLICAS, DEPARTAMENTO DE CONTRIBUCIONES PARA, COMO DEPENDENCIA DE LA TESORERIA DEL DISTRITO FEDERAL. CARECE DE EXISTENCIA LEGAL.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 80, Tercera Parte; Pág. 41
No es exacto que el tesorero del Distrito Federal, de acuerdo con el último párrafo del artículo 44 de la Ley Orgánica del Departamento del Distrito Federal, tenga facultades para crear, mediante una comunicación escrita, el "Departamento de Contribuciones para Obras Públicas", sino que debe entenderse que esas facultades del tesorero podrán delegarse en alguna dependencia previa y legalmente instituida. Es decir, el tesorero carece de facultades para constituir una dependencia, porque ésta sólo podrá establecerla el Reglamento Interior del Departamento del Distrito Federal que al efecto se expida en los términos del artículo 28 de la Ley de Secretarías y Departamentos de Estado. En consecuencia, un oficio que el tesorero del Distrito Federal dirija al jefe del supuesto Departamento de Contribuciones para Obras Públicas, por su contenido podrá delegarle facultades, pero no establecerá orgánicamente tal departamento, el cual carece de existencia legal.
Precedentes
Revisión fiscal 39/74. Wyeth Vales, S.A. 27 de agosto de 1975. Cinco votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.