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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238388
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 79, Tercera Parte; Pág. 29

INFORME JUSTIFICADO, FALTA DE. NO LO SUPLE EL PREVIO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 79, Tercera Parte; Pág. 29

Precedentes

Amparo en revisión 4555/74. María Espinosa de Quezada y otras. 30 de julio de 1975. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1954, Volumen III, tesis 572, página 1046, bajo el rubro "INFORME PREVIO, NO SUPLE LA FALTA DEL JUSTIFICADO.".
Registro digital (IUS): 238388