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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238416
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Tercera Parte; Pág. 22

AGRARIO. DEMANDA DE AMPARO. TERMINO PARA SU INTERPOSICION. NO EXISTE CUANDO SE RECLAMA LA AFECTACION DEL REGIMEN JURIDICO DE LOS NUCLEOS DE POBLACION, AUNQUE LOS ACTOS RECLAMADOS NO AFECTEN EN SENTIDO ESTRICTO LA PROPIEDAD O DISFRUTE DE SUS BIENES AGRARIOS.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 76, Tercera Parte; Pág. 22

Precedentes

Amparo en revisión 4489/74. Comunidad Agraria del Poblado "La Encarnación", Municipio de Acámbaro, Guanajuato. 30 de abril de 1975. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 16, página 43. Amparo en revisión 1045/69. Comunidad de Herreras y Pascuales, Municipio de Santiago Papasquiaro, Durango. 27 de abril de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Nota: En el Volumen 16, página 43, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. DEMANDA DE AMPARO. NO EXISTE TERMINO PARA SU INTERPOSICION CUANDO SE RECLAMA LA AFECTACION DEL REGIMEN JURIDICO DE LOS NUCLEOS DE POBLACION, AUNQUE LOS ACTOS RECLAMADOS NO AFECTEN EN SENTIDO ESTRICTO LA PROPIEDAD, POSESION O DISFRUTE DE LOS BIENES AGRARIOS.". En el Apéndice 1917-1985, página 306, la tesis aparece bajo el rubro "DEMANDA DE AMPARO. TERMINO PARA SU INTERPOSICION. NO EXISTE CUANDO SE RECLAMA LA AFECTACION DEL REGIMEN JURIDICO DE LOS NUCLEOS DE POBLACION, AUNQUE LOS ACTOS RECLAMADOS NO AFECTEN EN SENTIDO ESTRICTO LA PROPIEDAD O DISFRUTE DE SUS BIENES AGRARIOS.". En los Informes de 1970 y 1975, la tesis aparece bajo el rubro "DEMANDA DE AMPARO. NO EXISTE TERMINO PARA SU INTERPOSICION CUANDO SE RECLAMA LA AFECTACION DEL REGIMEN JURIDICO DE LOS NUCLEOS DE POBLACION, AUNQUE LOS ACTOS RECLAMADOS NO AFECTEN EN SENTIDO ESTRICTO LA PROPIEDAD, POSESION O DISFRUTE DE SUS BIENES AGRARIOS.".
Registro digital (IUS): 238416