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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238473
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 71, Tercera Parte; Pág. 33

IMPROCEDENCIA, CAUSAL DE, POR EXISTENCIA DE EJECUTORIA PRONUNCIADA EN OTRO JUICIO DE AMPARO. NO OPERA CUANDO EL OTRO JUICIO SE SOBRESEE.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 71, Tercera Parte; Pág. 33

Precedentes

Amparo en revisión 154/74. Lydia Ramírez de Bórquez. 28 de noviembre de 1974. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 39, página 27. Amparo en revisión 2751/71. Jorge López García y coagraviados. 8 de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Véanse: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 21, Tercera Parte, página 29, tesis de rubro "IMPROCEDENCIA, CAUSAL DE, CONSISTENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE EJECUTORIA PRONUNCIADA EN JUICIO DE AMPARO ANTERIOR. CASO EN QUE NO OPERA.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Sexta Parte, Común, tesis 37, página 82, bajo el rubro "AMPARO IMPROCEDENTE.". Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Sexta Parte, Común, tesis relacionada con la jurisprudencia 37, página 85, bajo el rubro "AMPARO PROCEDENTE CONTRA ACTOS RECLAMADOS EN JUICIO DE GARANTIAS ANTERIOR Y EN EL CUAL SE DESECHO LA DEMANDA.".
Registro digital (IUS): 238473