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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238476
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 71, Tercera Parte; Pág. 40
QUEJA, RECURSO DE. APLICACION, POR ANALOGIA, DEL ARTICULO 91, FRACCION IV, DE LA LEY DE AMPARO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 71, Tercera Parte; Pág. 40
La omisión de entregar copia del escrito de queja a la parte contraria trae como consecuencia la violación a los artículos 95, fracción IV, 96 y 98 de la Ley de Amparo, dejando a dicha parte en estado de indefensión, ya que no puede intervenir en defensa de sus intereses, motivo por el que, con apoyo en el artículo 91, fracción IV, de la Ley de Amparo, de aplicación analógica, debe revocarse la sentencia recurrida y mandar reponer el procedimiento para el efecto de que se proceda en los términos previstos en el último párrafo del artículo 99 de la Ley de Amparo y una vez exhibidas, en su caso, las copias necesarias del escrito de queja, se oiga a la parte quejosa interesada.
Precedentes
Queja 29/74. Casimiro L. Martínez (sucesión) y Delegado del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización en el Distrito Federal. 14 de noviembre de 1974. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.