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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238490
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Tercera Parte; Pág. 35
CREDITO FISCAL, RECURSO DE OPOSICION AL COBRO DE UN. ARTICULOS 108 Y 110 DEL CODIGO FISCAL. CONDICIONAN SU PROCEDENCIA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 69, Tercera Parte; Pág. 35
Es errónea la aseveración de que la aplicación de los artículos 108 y 110 del Código Fiscal debe limitarse al ejercicio de la facultad económico coactiva y no aplicarse para establecer reglas de procedibilidad del recurso de oposición, porque para que proceda el procedimiento administrativo de ejecución, es presupuesto necesario que el mismo se haya iniciado en términos de lo dispuesto en esos preceptos.
Precedentes
Amparo directo 92/74. Mexicana de Autobuses, S.A. de C.V. 4 de septiembre de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.