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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238518
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 67, Tercera Parte; Pág. 22

AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES DOTATORIAS O AMPLIATORIAS DE EJIDOS. EJECUCION INCORRECTA. NO SE REQUIERE IMPUGNAR EL PLANO PROYECTO APROBADO POR EL CUERPO CONSULTIVO AGRARIO, PARA RECLAMAR LA EJECUCION EN AMPARO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 67, Tercera Parte; Pág. 22

Precedentes

Amparo en revisión 702/74. María Guadalupe Benítez y Pérez. 11 de julio de 1974. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Registro digital (IUS): 238518