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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238527
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Tercera Parte; Pág. 14
AGRARIO. CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD GANADERA. CANCELACION INCONSTITUCIONAL.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Tercera Parte; Pág. 14
Cuando no se toman en consideración por la autoridad agraria correspondiente las defensas invocadas ni se examinan las pruebas aportadas por la parte interesada en defenderse de una cancelación de certificado de inafectabilidad ganadera que le favorece, se viola la garantía consagrada en el artículo 16 de la Constitución General de la República, pues la resolución que decreta esa cancelación no está debidamente fundada ni motivada por carecer de los elementos necesarios que puedan sustentarla.
Precedentes
Amparo en revisión 4055/73. Otilia Flores Cabrera. 5 de junio de 1974. Cinco votos. Ponente: Antonio Cordero.
Nota:
En el Apéndice 1917-1985, página 258, la tesis aparece bajo el rubro "CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD GANADERA. CANCELACION INCONSTITUCIONAL.".
En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD GANADERA, CANCELACION DEL.".