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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238538
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Tercera Parte; Pág. 45
AGRARIO. POSESION PARA LOS EFECTOS DEL ARTICULO 66 DEL CODIGO AGRARIO. TITULOS DE PROPIEDAD NO BASTAN PARA DEMOSTRARLA.
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Tercera Parte; Pág. 45
La escritura de adquisición no es prueba suficiente para acreditar la posesión a que se refiere el artículo 66 del Código Agrario y tener los mismos derechos que los propietarios inafectables, ya que con la indicada escritura de adquisición el quejoso demuestra únicamente su derecho de propiedad y, para efectos del derecho civil, en forma presuntiva, la posesión del inmueble.
Precedentes
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 19, página 22. Amparo en revisión 6297/69. Magdaleno Torres Almanza. 13 de julio de 1970. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volumen 30, página 24. Amparo en revisión 5432/70. Guillermo Rodríguez Romero (acumulados). 2 de junio de 1971. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Volumen 37, página 26. Amparo en revisión 4666/71. Margarita González Padilla y otros. 24 de enero de 1972. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volumen 43, página 54. Amparo en revisión 4667/71. Alberto Sansores Manzanilla y otros. 31 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volumen 59, página 17. Amparo en revisión 2913/73. Melitón Fosado Gutiérrez. 29 de noviembre de 1973. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.