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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238541
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Tercera Parte; Pág. 49

AUDIENCIA, GARANTIA DE. CARGA DE LA PRUEBA PARA LA AUTORIDAD RESPONSABLE.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 66, Tercera Parte; Pág. 49

Precedentes

Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen VIII, página 10. Amparo en revisión 5804/57. Santiago Nieto Lara y coagraviados. 19 de febrero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alfonso Francisco Ramírez. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 61, página 25. Amparo en revisión 3494/73. J. Jesús Barragán Valencia y otros. 23 de enero de 1974. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Volumen 62, página 25. Amparo en revisión 2667/73. Samuel Mondragón Quezadas. 7 de febrero de 1974. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Volumen 63, página 24. Amparo en revisión 1917/73. Vicente Brambila Albertos y otros. 20 de marzo de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Volumen 66, página 23. Amparo en revisión 4055/73. Otilia Flores Cabrera. 5 de junio de 1974. Cinco votos. Ponente: Antonio Rocha Cordero.
Registro digital (IUS): 238541