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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238551
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 65, Tercera Parte; Pág. 13
AGRARIO. LIMITES ENTRE POBLADOS. CONFLICTOS POR CAUSA DE ELLOS. NO LOS SOLUCIONAN UN EXPEDIENTE DE RECONOCIMIENTO Y TITULACION DE BIENES COMUNALES INICIADO DE OFICIO CON POSTERIORIDAD AL MISMO Y LA RESOLUCION PRESIDENCIAL RELACIONADA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 65, Tercera Parte; Pág. 13
Si una sentencia dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia en un juicio de inconformidad ordena que las autoridades agrarias estudien las pruebas ante ellas ofrecidas y las valoricen, a fin de que resuelva el conflicto entre los poblados contendientes, no puede considerarse que una resolución presidencial emitida en un expediente de reconocimiento y titulación de derechos, iniciado de oficio con posterioridad al mencionado conflicto, resuelva el problema de límites entre dichos poblados.
Precedentes
Amparo en revisión 4448/73. Comunidad Agraria del Poblado de Santiago Teotongo, Oaxaca. 8 de mayo de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Nota: En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "LIMITES, CONFLICTO DE.".