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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238563
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Tercera Parte; Pág. 15

AGRARIO. EJIDATARIOS QUE DICEN SER BENEFICIARIOS DE RESOLUCION PRESIDENCIAL QUE NO HACE RELACION DE LAS PERSONAS QUE BENEFICIA. DEBEN PROBAR ESE CARACTER PARA ESTAR LEGITIMADOS PARA DEFENDER EN AMPARO DERECHOS COLECTIVOS DEL NUCLEO DE POBLACION.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 63, Tercera Parte; Pág. 15

Precedentes

Séptima Epoca: Informe 1977, página 45. Amparo en revisión 4771/76. Comunidad de Santa María Chimalhuacán, Municipio del mismo nombre, Estado de México. 13 de octubre de 1977. Cinco votos. Ponente: Jorge iñárritu. Secretario: Marcos Arturo Nazar Sevilla. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 63, página 15. Amparo en revisión 2574/73. Hilario Duarte González y otros. 7 de marzo de 1974. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Secretario: Fernando Lanz Cárdenas. Nota: En los Informes de 1974 y 1977, la tesis aparece bajo el rubro "EJIDATARIOS, DEBEN PROBAR TENER EL CARACTER DE; LOS QUE DICEN SER BENEFICIADOS POR UNA RESOLUCION PRESIDENCIAL QUE NO HACE RELACION DE LAS PERSONAS A QUIENES BENEFICIA.".
Registro digital (IUS): 238563