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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238582
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 61, Tercera Parte; Pág. 18
AGRARIO. POSESION EN LA MATERIA. CONTRA ORDENES INFUNDADAS DE AUTORIDADES AGRARIAS.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 61, Tercera Parte; Pág. 18
El Juez a quo obra correctamente al conceder el amparo y protección de la Justicia Federal a los quejosos, cuando en los autos ha quedado demostrado que las autoridades responsables pretenden despojarlos de sus tierras, argumentando el cumplimiento de órdenes de las autoridades agrarias superiores, como ejecución de un procedimiento de dotación de tierras a un grupo solicitante, si en la especie media una clara resolución presidencial que declaró inejecutable dicha dotación de tierras, señalándose en forma precisa en la misma que el acomodo de los campesinos solicitantes debe hacerse en las parcelas vacantes de otro ejido que también se menciona específicamente. Lo anterior constituye un atentado a los derechos de los poseedores reales de los predios cuestionados, máxime si esta actuación última de las autoridades responsables no está lo suficientemente fundada y motivada como para desvirtuar la resolución presidencial que pasan por alto, la que es invocada por los poseedores quejosos en esta nueva pretensión de los solicitantes iniciales para posesionarse de dichos predios.
Precedentes
Amparo en revisión 2964/73. Ramón Acosta Meza y otros. 17 de enero de 1974. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Nota:
En el Informe de 1974, la tesis aparece bajo el rubro "POSESION EN MATERIA AGRARIA, PROTECCION DE LA.".
En el Apéndice 1917-1985, página 277, la tesis aparece bajo el rubro "POSESION, PROTECCION DE LA, CONTRA ORDENES INFUNDADAS DE AUTORIDADES AGRARIAS.".