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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238591
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 58, Tercera Parte; Pág. 61
PRUEBA PERICIAL OFRECIDA Y DESAHOGADA DENTRO DE PROCEDIMIENTO REPUESTO. NO ES DE TOMARSE EN CUENTA PARA PRONUNCIAR EL NUEVO FALLO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 58, Tercera Parte; Pág. 61
Si se ordenó la reposición del procedimiento por no haberse emplazado a una de las partes y la prueba pericial no fue desahogada dentro del nuevo procedimiento después de emplazada la parte tercero perjudicada, para que ésta tuviera la intervención legal que le correspondía conforme al artículo 151 de la Ley de Amparo, resulta que la rendida en el procedimiento viciado no debe tomarse en cuenta para resolver, y al no desahogarla los quejosos en el nuevo procedimiento, no demostraron en autos la indebida ejecución de la resolución presidencial.
Precedentes
Amparo en revisión 2570/73. Carlos F. Benavides de la Garza y otros. 11 de octubre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 60, página 21. Amparo en revisión 524/72. Elías Loera López. 23 de octubre de 1972. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volumen 60, página 21. Amparo en revisión 708/72. Arturo Armando Ortega Chávez. 3 de agosto de 1972. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Volumen 60, página 21. Amparo en revisión 3301/71. Antonio Rodríguez Simón y otros. 7 de febrero de 1972. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO. PRUEBA PERICIAL OFRECIDA Y DESAHOGADA DENTRO DEL PROCEDIMIENTO REPUESTO.".