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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238604
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Tercera Parte; Pág. 41

HORAS EXTRAORDINARIAS DE TRABAJO. NO PUEDEN SER OBJETO DE CONTRATACION PERMANENTE.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 60, Tercera Parte; Pág. 41

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 11, página 63. Revisión fiscal 33/69. Halliburton de México, S.A. de C.V. 19 de noviembre de 1969. Mayoría de cuatro votos. Disidente: José Rivera Pérez Campos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Secretario: Felipe López Contreras. Volumen 11, página 63. Revisión fiscal 20/69. Salicilatos de México, S.A. 28 de noviembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretaria: Fausta Moreno Flores. Volumen 12, página 39. Revisión fiscal 18/69. Anderson Clayton & Company, S.A. 3 de diciembre de 1969. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez. Secretario: Felipe López Contreras. Volumen 13, página 85. Revisión fiscal 31/69. Pasteurizadora Modelo, S.A. 14 de enero de 1970. Mayoría de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Volumen 55, página 31. Amparo directo 5593/72. Constructora Indé, S.A. 5 de julio de 1973. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Secretario: Guillermo I. Ortiz Mayagoitia.
Registro digital (IUS): 238604