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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238618
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 58, Tercera Parte; Pág. 17

AGRARIO. NUCLEOS DE POBLACION EJIDAL QUE TIENEN LA POSESION DE LAS TIERRAS QUE SOLICITARON EN DOTACION. DEBE OIRSELES PARA DICTAR UNA RESOLUCION QUE DOTA LAS MISMAS TIERRAS A OTRO POBLADO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 58, Tercera Parte; Pág. 17

Precedentes

Amparo en revisión 271/73. Carlos Alvarez Jiménez y coagraviados. 24 de octubre de 1973. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Registro digital (IUS): 238618