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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238630
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Tercera Parte; Pág. 14

AGRARIO. ASAMBLEA GENERAL DE EJIDATARIOS Y CONVOCATORIA PARA LA MISMA. ILEGALIDAD. DEBE RECLAMARSE ANTE LA COMISION AGRARIA MIXTA PREVIAMENTE AL AMPARO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Tercera Parte; Pág. 14

Precedentes

Amparo en revisión 1672/73. Ambrosio Plaza y otros. 5 de septiembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Registro digital (IUS): 238630