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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238638
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Tercera Parte; Pág. 33

PRESCRIPCION A FAVOR DEL FISCO RESPECTO A LA OBLIGACION DE DEVOLVER CANTIDADES PAGADAS INDEBIDAMENTE. CUANDO SE INICIA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 57, Tercera Parte; Pág. 33

Precedentes

Revisión fiscal 4/73. Instituto Mexicano del Seguro Social. 19 de septiembre de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Secretario: Salvador Alvarez Rangel. Nota: En el Informe de 1973, la tesis aparece bajo el rubro "PRESCRIPCION DE LA OBLIGACION DEL FISCO PARA DEVOLVER LAS CANTIDADES PAGADAS INDEBIDAMENTE. CUANDO SE INICIE.".
Registro digital (IUS): 238638