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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238654
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 55, Tercera Parte; Pág. 21

AGRARIO. REPRESENTACION SUSTITUTA DE UN NUCLEO EJIDAL. QUIEN LA EJERCITA DEBE COMPROBAR SU CARACTER DE EJIDATARIO DE ESE NUCLEO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 55, Tercera Parte; Pág. 21

Precedentes

Amparo en revisión 1464/73. Apolonio Olvera Martínez y coagraviados. 30 de julio de 1973. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 21, página 20. Amparo en revisión 2714/70. Antonio Curiel Barraza y coagraviados. 30 de septiembre de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Volumen 4, página 120. Amparo en revisión 9191/67. Ejido de San Andrés Cuexcontitlán, Municipio de Toluca, México. 24 de abril de 1969. La publicación no menciona el sentido de la votación del asunto. Ponente: Jorge Iñárritu. Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 6, página 74, tesis de rubro "AGRARIO. SUPLENCIA DE LA QUEJA IMPROCEDENTE, SI QUIENES SE OSTENTAN CON UNA PERSONALIDAD NO LO DEMUESTRAN.". Volumen 18, página 67, tesis de rubro "AGRARIO. REPRESENTACION SUSTITUTA EN JUICIOS DE AMPARO. CASOS EN LOS QUE NO OPERA.". Nota: En el Volumen 4, página 120, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. REPRESENTACION DEL NUCLEO EJIDAL POR UN EJIDATARIO O COMUNERO. EL QUE PRETENDE EJERCITARLA PARA PROMOVER AMPARO DEBE DEMOSTRAR QUE PERTENECE A EL.".
Registro digital (IUS): 238654