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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238665
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Tercera Parte; Pág. 41
AGRARIO. DISTRITOS DE RIEGO. DISPOSICIONES PARA SU MEJOR APROVECHAMIENTO. CASOS DE IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE GARANTIAS.
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Tercera Parte; Pág. 41
Si los actos reclamados consisten en disposiciones que, teniendo por objeto el mejor aprovechamiento de las aguas y la redistribución de tierras dentro de un distrito de riego, planteen la conveniencia de que los poblados ejidales comprendidos dentro del área beneficiada con las obras hidráulicas a cargo del Gobierno Federal acepte ajustar las tierras ejidales (manteniendo la integridad de éstas) con el fin de que sus linderos coincidan en lo posible con los canales, drenes y caminos, trazador, procurar la redistribución de los terrenos ejidales ajustando las unidades de dotación por el mejoramiento de la calidad de las tierras, en los términos previstos por el Código Agrario, todo ello condicionado a la aceptación previa de las respectivas asambleas ejidales, para el caso de que opten por gozar de los beneficios de las propias obras de riego; procede concluir que tales actos no afectan los intereses jurídicos de los quejosos, puesto que no entrañan órdenes de obligado acatamiento, sino que están condicionadas a la aceptación previa de los núcleos de población ejidal.
Precedentes
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 4, página 61. Amparo en revisión 7798/68. Comisariado Ejidal del Poblado Colonia Dolores Hidalgo, Municipio de Ahome, Sinaloa. 21 de marzo de 1969. Cinco votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos.
Volumen 5, página 54. Amparo en revisión 7936/68. Comisariado Ejidal del Poblado "Revolución Mexicana", Municipio de Ahome, Sinaloa. 8 de mayo de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Volumen 10, página 19. Amparo en revisión 3192/69. Comisariado Ejidal del Poblado Niños Héroes de Chapultepec, Municipio de Ahome, Sinaloa. 29 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Volumen 11, página 16. Amparo en revisión 10157/68. Comisariado Ejidal del Poblado General Guillermo Chávez Talamantes, Municipio de Ahome, Sinaloa. 21 de noviembre de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volumen 51, página 14. Amparo en revisión 3440/72. Pedro Cerna Cerna y otros. 19 de marzo de 1973. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 113, la tesis aparece bajo el rubro "DISTRITOS DE RIEGO. DISPOSICIONES PARA SU MEJOR APROVECHAMIENTO. CASOS DE IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE GARANTIAS.".