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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238669
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Tercera Parte; Pág. 45
AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES CONTRADICTORIAS. GARANTIA DE AUDIENCIA.
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 54, Tercera Parte; Pág. 45
Si el afectado por dotación de ejidos no fue citado para ser oído en el procedimiento agrario que culminó con la resolución presidencial que afectó el predio de su propiedad y dicha propiedad le fue reconocida por acuerdo presidencial de inafectabilidad otorgado a su favor con anterioridad a la fecha de aquella resolución, es evidente que se está frente a dos resoluciones presidenciales contradictorias, y por lo mismo, el amparo debe concederse para el efecto de que el presidente de la República, previa la tramitación del procedimiento agrario correspondiente en el que se cumplan las formalidades legales y se oiga al mismo quejoso, resuelva lo que en derecho proceda respecto de la subsistencia o insubsistencia jurídica del acuerdo de inafectabilidad, y en su caso, decrete la afectación.
Precedentes
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 43, página 58. Amparo en revisión 104/72. Salvador Asaad Chemus. 13 de julio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volumen 44, página 26. Amparo en revisión 6195/71. María de Jesús Barrera Maciel y otros. 3 de agosto de 1972. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volumen 46, página 34. Amparo en revisión 2688/72. Consuelo Díaz Mendoza y otro. 18 de octubre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Volumen 50, página 17. Amparo en revisión 5260/71. María Josefina Ciscomani de Cabañas (acumulados). 7 de febrero de 1973. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Volumen 51, página 24. Amparo en revisión 6247/71. María Magdalena Rodríguez Casados viuda de Cruz. 22 de marzo de 1973. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Nota: En el Apéndice de 1917-1985, página 13, la tesis aparece bajo el rubro "AUDIENCIA, GARANTIA DE. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES CONTRADICTORIAS.".