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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238676
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 53, Tercera Parte; Pág. 13

AGRARIO. CAUSANTE. NO PUEDE ACTUAR EN LUGAR DEL CAUSAHABIENTE EN EL JUICIO DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 53, Tercera Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo en revisión 5152/72. Carmen Andrade Barragán. 3 de mayo de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 26, página 14. Amparo en revisión 1520/69. Concepción Iturrios viuda de Ritz y coagraviados. 1o. de febrero de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Nota: En el Volumen 26, página 14, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. CAUSANTE. NO PUEDE ACTUAR EN AUXILIO DEL CAUSAHABIENTE EN EL JUICIO DE AMPARO.".
Registro digital (IUS): 238676