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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238694
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 50, Tercera Parte; Pág. 23
REVISION FISCAL ANTE EL PLENO DEL TRIBUNAL DE LA MATERIA. LEGITIMACION PROCESAL DE AUTORIDADES SUPERIORES A LAS DEMANDADAS EN EL JUICIO ANULATORIO, PARA INTERPONER ESE RECURSO. ELEMENTOS QUE LA CONFIGURAN.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 50, Tercera Parte; Pág. 23
Dos son los elementos que configuran la legitimación procesal de los titulares de las secretarías o departamentos de Estado, Departamento del Distrito Federal y directores o jefes de organismos descentralizados, que no hayan sido demandados directamente en el juicio fiscal, para interponer el recurso previsto en el artículo 240 del Código Fiscal, a saber: a) que el asunto les corresponda; y b) que exista una relación de subordinación entre el funcionario que sea parte en el juicio de nulidad respectivo y el titular que deba calificar de importante y trascendente el asunto de que se trata para la interposición del recurso de revisión.
Precedentes
Revisión fiscal 29/71. Empresas Longoria, S.A. 8 de febrero de 1973. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 46, página 52. Revisión fiscal 12/72. Internacional Licorera, S. de R.L. de C.V. 11 de octubre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Volumen 44, página 43. Revisión fiscal 50/71. Abastecedora Motriz, S.A. 17 de agosto de 1972. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Nota:
En el Volumen 44, página 43, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION ANTE EL PLENO DEL TRIBUNAL DE LA MATERIA. LEGITIMACION PROCESAL DE AUTORIDADES SUPERIORES A LAS DEMANDADAS EN EL JUICIO ANULATORIO, PARA INTERPONER ESE RECURSO. ELEMENTOS QUE LA CONFIGURAN.".
En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "REVISION ANTE EL PLENO DEL TRIBUNAL FISCAL. ELEMENTOS QUE CONFIGURAN LA LEGITIMACION PROCESAL DE LOS TITULARES DE LAS DEPENDENCIAS DEMANDADAS EN EL JUICIO ANULATORIO, PARA INTERPONER ESE RECURSO.".