Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/238700
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238700
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Tercera Parte; Pág. 19
REGLAMENTOS ADMINISTRATIVOS EXPEDIDOS POR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA. ACTOS DE SU APLICACION. INCOMPETENCIA LEGAL DE LA SEGUNDA SALA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Tercera Parte; Pág. 19
Si se reclaman en un juicio de garantías, por vicios propios, actos de aplicación de un reglamento administrativo expedido por el presidente de la República en materia federal, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia carece de competencia legal para conocer en ese aspecto del recurso de revisión, pues a quien corresponde el conocimiento de esos actos es a un Tribunal Colegiado de Circuito, conforme a lo establecido en los artículos 85, fracción II, de la Ley de Amparo y 7o. bis, fracción III, inciso a), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
Precedentes
Amparo en revisión 1853/72. Armas y Petacas, S.A. 6 de diciembre de 1972. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.