Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/238706
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238706
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Tercera Parte; Pág. 39

AGRARIO. IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA ACTOS EFECTUADOS DENTRO DEL PROCEDIMIENTO AGRARIO, MIENTRAS NO SE DICTE LA CORRESPONDIENTE RESOLUCION PRESIDENCIAL.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Tercera Parte; Pág. 39

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 1, página 82. Amparo en revisión 1724/68. Abraham Trejo Uribe. 16 de enero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: José Rivera Pérez Campos. Volumen 10, página 22. Amparo en revisión 7431/68. Mercedes Vilet de Arredondo y acumulados. 10 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Volumen 10, página 22. Amparo en revisión 3061/69. Pedro Castañeda León y otros. 20 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: José Tena Ramírez. Volumen 20, página 19. Amparo en revisión 1978/70. Poblado Acaponetilla, Municipio de Santiago Ixcuintla, Nayarit. 10 de agosto de 1970. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Volumen 43, página 20. Amparo en revisión 6644/67. Comité Ejecutivo Agrario del Poblado el Zapotal y sus Anexos, Municipio de Tantima, Estado de Veracruz. 24 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez. Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 172, bajo el rubro "IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE AMPARO CONTRA ACTOS EFECTUADOS DENTRO DEL PROCEDIMIENTO AGRARIO, MIENTRAS NO SE DICTE LA CORRESPONDIENTE RESOLUCION PRESIDENCIAL.".
Registro digital (IUS): 238706