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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238714
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Tercera Parte; Pág. 47

AGRARIO. SOBRESEIMIENTO DEL AMPARO POR INACTIVIDAD PROCESAL. CASO EN QUE NO OPERA.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Tercera Parte; Pág. 47

Precedentes

Sexta Epoca, Tercera Parte: Volumen XCIV, página 12. Amparo en revisión 5433/61 y 354/63. Maurilia Moyado Zúñiga. 7 de abril de 1965. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen XCIV, página 12. Amparo en revisión 6601/62. María Espinoza viuda de Sosa. 22 de abril de 1965. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen XCIV, página 12. Amparo en revisión 5813/63. Justa e Irene Torres. 26 de abril de 1965. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen XCVI, página 19. Amparo en revisión 4234/64. Josefina Salgado Vieyra. 4 de junio de 1965. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen XCVI, página 19. Amparo en revisión 3934/63. Herminio Estrada y coagraviados. 10 de julio de 1965. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 238714