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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238725
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Tercera Parte; Pág. 65
TERCERO PERJUDICADO. REPOSICION DEL PROCEDIMIENTO DEL JUICIO DE AMPARO, POR FALTA DE EMPLAZAMIENTO. EFECTOS.
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 48, Tercera Parte; Pág. 65
La reposición del procedimiento por no haberse emplazado legalmente al tercero perjudicado trae como consecuencia la anulación del procedimiento cuya reposición se ordenó, a partir de la violación procesal cometida, incluyendo el desahogo de las pruebas rendidas en el mismo, motivo por el que dichas pruebas, en cuyo desahogo no tuvo intervención legal una de las partes, no deben tomarse en cuenta para dictar la nueva resolución que corresponda.
Precedentes
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 38, página 105. Amparo en revisión 3301/71. Antonio Rodríguez Simón y otros. 7 de febrero de 1972. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volumen 42, página 37. Amparo en revisión 4295/71. Rogelio Alfredo Garmendia Gorrochótegui y otra. 22 de junio de 1972. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volumen 44, página 45. Amparo en revisión 708/72. Arturo Armando Ortega Chávez. 3 de agosto de 1972. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Volumen 46, página 59. Amparo en revisión 524/72. Elías Loera López. 23 de octubre de 1972. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volumen 46, página 59. Amparo en revisión 2740/72. Carlos Manuel Magaña de la Peña. 26 de octubre de 1972. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.