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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238737
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 45, Tercera Parte; Pág. 14

AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES O COMUNALES. NULIDAD DE ACTOS ELECTIVOS DE SUS MIEMBROS. COMPETENCIA PRIVATIVA DE LAS COMISIONES AGRARIAS MIXTAS PARA DECLARARLA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 45, Tercera Parte; Pág. 14

Precedentes

Amparo en revisión 3221/72. Manuel Suárez Rodríguez y otros. 25 de septiembre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Amparo en revisión 2686/72. Delfino Guadarrama Soto y otros. 20 de septiembre de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Nota: En el Informe de 1972, la tesis aparece bajo el rubro "NULIDAD DE ACTOS ELECTIVOS DE INTEGRANTES DE COMISARIADOS EJIDALES Y COMUNALES. COMPETENCIA PRIVATIVA PARA DECLARARLA DE LAS COMISIONES AGRARIAS MIXTAS.".
Registro digital (IUS): 238737