Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/238762
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238762
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Tercera Parte; Pág. 17

AGRARIO. DESISTIMIENTO EN AMPARO. PROHIBICION PARA EJERCITARLO. SE CONCRETA A LOS NUCLEOS DE POBLACION EJIDAL O COMUNAL, EJIDATARIOS Y COMUNEROS.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Tercera Parte; Pág. 17

Precedentes

Reclamación en el amparo en revisión 1333/71. Ricardo Gómez Galindo y otros. 22 de junio de 1972. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Registro digital (IUS): 238762