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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238764
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Tercera Parte; Pág. 22

AGRARIO. RESOLUCION PRESIDENCIAL DOTATORIA DE EJIDOS, RESPECTO DE LA QUE APARECEN INDICIOS PARA ESTIMAR QUE ES INEJECUTABLE. DEBE PROCEDERSE EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 147 DEL CODIGO AGRARIO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 42, Tercera Parte; Pág. 22

Precedentes

Amparo en revisión 854/71. José Lara Domínguez y otros y acumulado. 2 de junio de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Registro digital (IUS): 238764