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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238798
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 39, Tercera Parte; Pág. 45

MILITARES. CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DE AMPARO CONTRA LA ORDEN DE BAJA. NO REQUIERE DE MAS TRAMITES ADMINISTRATIVOS POR PARTE DE QUIEN OBTUVO LA PROTECCION CONSTITUCIONAL.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 39, Tercera Parte; Pág. 45

Precedentes

Queja 70/71. Secretario de la Defensa Nacional. 1o. de marzo de 1972. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Queja 57/71. Secretario de la Defensa Nacional y otros. 1o. de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Sexta Parte, Común, tesis 101, página 197, bajo el rubro "EJECUCION DE SENTENCIAS DE AMPARO, A ELLA ESTAN OBLIGADAS TODAS LAS AUTORIDADES AUN CUANDO NO HAYAN INTERVENIDO EN EL AMPARO.".
Registro digital (IUS): 238798