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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238800
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 39, Tercera Parte; Pág. 66

REVISION FISCAL ANTE LA SUPREMA CORTE IMPROCEDENTE. DEBE HACERSE LA CALIFICACION RESPECTIVA Y NO MANDAR ACLARAR EL ESCRITO EN QUE SE INTERPONE, PARA EL EFECTO DE QUE EL INTERESADO MANIFIESTE SI LO QUE PRETENDE FORMULAR ES UNA DEMANDA DE AMPARO.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 39, Tercera Parte; Pág. 66

Precedentes

Reclamación en la revisión fiscal 54/71. Roberto Ruffo Polastri. 23 de marzo de 1972. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Registro digital (IUS): 238800