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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238812
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Tercera Parte; Pág. 13

AGRARIO. ACTOS JURIDICOS. LEY QUE LOS RIGE. CONTINUAN NORMANDOSE POR LA DEL TIEMPO EN QUE SE ORIGINARON, A NO SER QUE SE TRATE DE UN PROCEDIMIENTO (PERMUTAS).

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Tercera Parte; Pág. 13

Precedentes

Amparo en revisión 3686/71. Ejido Zaragoza, Municipio del mismo nombre, Puebla. 26 de enero de 1972. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Sexta Parte, tesis 79, página 149, bajo el rubro "CONTRATOS. LEY QUE LOS RIGE.". Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 220, la tesis aparece bajo el rubro "ACTOS JURIDICOS. LEY QUE LOS RIGE. CONTINUAN NORMANDOSE POR LA DEL TIEMPO EN QUE SE ORIGINARON, A NO SER QUE SE TRATE DE UN PROCEDIMIENTO (PERMUTAS).".
Registro digital (IUS): 238812