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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238819
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Tercera Parte; Pág. 19
AGRARIO. INAFECTABILIDAD. NO LA PRODUCE LA RESOLUCION PRESIDENCIAL QUE DECLARA QUE NO EXISTEN PREDIOS AFECTABLES EN DETERMINADA ZONA.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 37, Tercera Parte; Pág. 19
La resolución presidencial que niega la dotación al ejido tercero perjudicado, dejando a salvo los derechos de los capacitados, por estimar que dentro del radio de 7 kilómetros no existían predios afectables, no constituye propiamente el certificado de inafectabilidad a que se refiere la fracción XIV del artículo 27 constitucional, en atención a que no hace referencia expresa a que determinado predio constituya una pequeña propiedad inafectable y sin manifestar motivo alguno para estimar que efectivamente se trata de una pequeña propiedad, motivos por los que no existe la resolución de la máxima autoridad agraria que expresamente declare inafectable el predio que es objeto de la reclamación de amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 4483/70. Aurora Garza Flores y coagraviados. 13 de enero de 1972. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 18, página 64, tesis de rubro "AGRARIO. INAFECTABILIDAD. DECLARACION RESPECTO DE LA PARTE QUE SE DEJA AL PROPIETARIO DE UN TERRENO AFECTADO. NO SE DA CUANDO NO SE HACE LA DECLARACION EXPRESAMENTE.".
Volumen 14, página 19, tesis de rubro "AGRARIO. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES DOTATORIAS. NO CONSTITUYEN CERTIFICADO DE INAFECTABILIDAD PARA EL PREDIO QUE EXCLUYEN EXPRESAMENTE.".