Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/238837
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238837
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 36, Tercera Parte; Pág. 36
AGRARIO. POSESION. INTERES JURIDICO EN EL AMPARO. CUANDO SE RECLAMA LA LESION DE AQUELLA, DEBE PROBARSE QUE SE TIENE.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 36, Tercera Parte; Pág. 36
Al no encontrarse acreditado en los autos que el poblado quejoso tuviera la posesión de los predios cuyo desposeimiento reclama, por lo que no existe posesión alguna que proteger al mismo, no se le afectan sus intereses jurídicos. En consecuencia, es procedente el sobreseimiento del juicio con apoyo en las fracciones V del artículo 73 y III del 74 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo en revisión 3734/71. Comisariado Ejidal del Poblado de San Salvador el Seco, Municipio del mismo nombre, Puebla. 25 de noviembre de 1971. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 21, página 18. Amparo en revisión 4252/68. José Aguayo Chávez y coagraviados. 24 de septiembre de 1970. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Sexta Epoca, Tercera Parte:
Volumen CXXXIII, página 17. Amparo en revisión 3906/67. Raúl Guerrero Santana y coagraviados. 25 de julio de 1968. Mayoría de tres votos. Disidente: Felipe Tena Ramírez. Ponente: Jorge Iñárritu.
Nota:
En el Volumen 21, página 18, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. POSESION. DEBE PROBARSE QUE SE TIENE, PARA QUE EXISTA INTERES JURIDICO EN EL AMPARO, RECLAMADA SU LESION.".
En el Volumen CXXXIII, página 17, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. CARECE DE INTERES JURIDICO EN AMPARO QUIEN NO PRUEBA TENER LA POSESION QUE DICE LESIONA EL ACTO RECLAMADO.".