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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238851
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 36, Tercera Parte; Pág. 62
AGRARIO. COMPETENCIA EN LA REVISION EN AMPARO EN ASUNTOS DE OTRO CARACTER QUE NO SEA EL ESPECIFICAMENTE AGRARIO, QUE AFECTEN INTERESES DE UN NUCLEO EJIDAL. RIGEN LAS REGLAS GENERALES Y NO LAS PARTICULARES DE LA MATERIA AGRARIA.
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 36, Tercera Parte; Pág. 62
Los actos reclamados de autoridades de cualquier clase que no fueren dictados dentro de alguno de los procedimientos previstos en el Código Agrario y sus reglamentos y tampoco lesionan bienes incorporados al régimen agrícola ejidal, deben considerarse de materia distinta a la específicamente agraria; en esa virtud, para determinar a qué tribunal corresponde el conocimiento del recurso de revisión contra la sentencia de amparo, debe atenderse a las reglas generales de competencia y no a las especiales que rigen en materia agraria.
Precedentes
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 10, página 17. Amparo en revisión 2132/69. Comisariado Ejidal de los Reyes, Municipio de los Reyes, Michoacán. 16 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Volumen 23, página 45. Amparo en revisión 450/70. Comisariado Ejidal de Temoac, Municipio de Zacualpan, Morelos. 23 de noviembre de 1970. Cinco votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.
Volumen 32, página 13. Amparo en revisión 2083/70. Manuel Pérez Flores y otros. 4 de agosto de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Volumen 32, página 13. Amparo en revisión 38/71. Nuevo Centro de Población Agrícola Ejidal "San Francisco Río Muerto", Municipio de Guaymas, Sonora. 9 de agosto de 1971. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 36, página 62. Amparo en revisión 4482/71. Sofía León y otros. 3 de noviembre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Secretario: Miguel Romero Morrill.