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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238863
Tipo
Jurisprudencia
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 36, Tercera Parte; Pág. 83

TERCERO PERJUDICADO, FALTA DE EMPLAZAMIENTO LEGAL. NO PROCEDE REPONER EL PROCEDIMIENTO CUANDO SE ADVIERTE DE MANERA NOTORIA QUE LA RESOLUCION LO BENEFICIARA.

[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 36, Tercera Parte; Pág. 83

Precedentes

Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 19, página 53. Amparo en revisión 1000/70. Leonardo González Santiago. 29 de julio de 1970. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Volumen 20, página 75. Amparo en revisión 1782/70. Plutarco Luna Cabrera. 26 de agosto de 1970. Cinco votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Volumen 31, página 85. Amparo en revisión 5009/70. Raúl Soto Contreras y otros. 8 de julio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu. Volumen 34, página 101. Amparo en revisión 2157/71. Comunidad Agraria de la Mesa de San Nicolás, Municipio de Ejutla, Jalisco. 14 de octubre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Volumen 36, página 57. Amparo en revisión 4533/70. Comisariado de Bienes Comunales del Poblado de Tepetixtla, Municipio de Coyuca de Benítez, Estado de Guerrero. 10 de noviembre de 1971. Cinco votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Registro digital (IUS): 238863