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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238872
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 35, Tercera Parte; Pág. 33

QUEJA, RECURSO DE. ARTICULO 91, FRACCION I, DE LA LEY DE AMPARO, APLICABLE POR ANALOGIA.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 35, Tercera Parte; Pág. 33

Precedentes

Queja 115/70. Manuel Arreola Salinas. 18 de noviembre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Séptima Epoca, Tercera Parte: Volumen 18, página 129. Queja 4/67. J. Guadalupe Ruiz Hernández y otros. 3 de julio de 1967. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Octavio Mendoza González.
Registro digital (IUS): 238872