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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238888
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 33, Tercera Parte; Pág. 21
AGRARIO. NOTIFICACION PERSONAL DE SENTENCIA A UN NUCLEO EJIDAL PARA LA QUE SE DEJA CITATORIO A PERSONA DISTINTA DE LA AUTORIZADA PARA TAL EFECTO. DEBEN DEVOLVERSE LOS AUTOS AL JUZGADO DE ORIGEN PARA QUE SE PRACTIQUE CORRECTAMENTE.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 33, Tercera Parte; Pág. 21
Al presentarse el actuario en el domicilio señalado para oír notificaciones en busca de un integrante del comisariado ejidal y no de la autorizada al efecto, y dejarle citatorio para notificarle la sentencia del amparo, sin que tampoco ese miembro del comisariado por sí solo tenga la representación del poblado, dejó de observar lo dispuesto en el artículo 30, fracción I, de la Ley de Amparo, e impidió que el autorizado para oír notificaciones pudiera ejercer las facultades a que se refiere el párrafo segundo del artículo 27 de la ley en cita, procediendo, en consecuencia, devolver el expediente al juzgado de su origen para que el a quo ordene al actuario la notificación de la sentencia dictada a la persona autorizada por el núcleo tercero perjudicado, dándole oportunidad, si así lo desea, de interponer el recurso de revisión conforme al precepto mencionado, y hecho lo anterior, remita nuevamente los autos a esta Suprema Corte para los efectos que en derecho procedan.
Precedentes
Amparo en revisión 4361/69. Próspero Badillo Rangel y coagraviados. 30 de septiembre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Iñárritu.
Véase Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 29, página 14, tesis de rubro "AGRARIO. NOTIFICACION PERSONAL DE SENTENCIA A EJIDO QUE NO TIENE SEÑALADO DOMICILIO PARA OIR NOTIFICACIONES. NO VERIFICADA EN FORMA LEGAL SE REMITIRAN LOS AUTOS AL JUZGADO DE ORIGEN PARA QUE LA PRACTIQUE.".
Volumen 30, página 21, tesis de rubro "AGRARIO. NOTIFICACION PERSONAL DE SENTENCIA A EJIDO QUE NO TIENE SEÑALADO DOMICILIO PARA OIR NOTIFICACIONES. NO VERIFICADA EN FORMA LEGAL, SE REMITIRAN LOS AUTOS AL JUZGADO DE ORIGEN PARA QUE LA PRACTIQUE CORRECTAMENTE.".