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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238890
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 33, Tercera Parte; Pág. 22
AGRARIO. POSESION. PRESUNCION DERIVADA DE LA ESCRITURA DE PROPIEDAD A FAVOR DE SU TITULAR. PUEDE DESVIRTUARSE EN EL JUICIO DE AMPARO CON OTRAS PRUEBAS QUE EL JUEZ DE DISTRITO ESTIME ATENDIBLES Y SUFICIENTES PARA ELLO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 33, Tercera Parte; Pág. 22
La presunción que las escrituras públicas que acrediten el derecho de propiedad de un inmueble en favor de una persona, dan a ésta de ser la poseedora de tal inmueble, puede ser destruida por pruebas que el Juez de Distrito estime suficientes para declarar demostrada esa posesión a favor de otra persona.
Precedentes
Amparo en revisión 5732/70. Mesa de Santiago, S.A. y otros (acumulados). 8 de septiembre de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Jorge Saracho Alvarez.