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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238896
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Tercera Parte; Pág. 14
AGRARIO. PEQUEÑA PROPIEDAD PROINDIVISO LEGALMENTE DEFENDIBLE EN AMPARO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 31, Tercera Parte; Pág. 14
Siendo el predio que se reclama de los que la Ley Agraria considera pequeña propiedad para la que autoriza recurrir al juicio de amparo contra actos que la afecten en materia agraria, los quejosos están legitimados para defenderla en amparo, careciendo de relevancia que la propiedad sea proindiviso.
Precedentes
Amparo en revisión 160/71. Humberto y Carmen Idalia Campoy Valenzuela (menores). 21 de julio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.