Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/238916
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238916
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Tercera Parte; Pág. 39
INFORME JUSTIFICADO. AFIRMACIONES QUE CONTIENE. NO TIENEN CARACTER DE INCONTROVERTIBLES.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Tercera Parte; Pág. 39
Guardando las autoridades responsables en el juicio de amparo una situación jurídica de igualdad procesal respecto del quejoso, debe considerarse que las afirmaciones contenidas en sus informes justificados no tienen carácter de incontrovertibles, sino que se hallan sujetas a las reglas generales aplicables a las hechas por las demás partes en el juicio.
Precedentes
Amparo en revisión 4569/70. Héctor Márquez Naveda. 16 de junio de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.