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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
JurisprudenciaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238918
- Tipo
- Jurisprudencia
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Tercera Parte; Pág. 50
AGRARIO. MANDAMIENTOS PROVISIONALES DE GOBERNADORES DE LOS ESTADOS. RECLAMADA LA EJECUCION INCORRECTA, ES PROCEDENTE EL AMPARO.
[J]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 30, Tercera Parte; Pág. 50
La causal de improcedencia consistente en que se trata de actos no definitivos, no prospera cuando el quejoso no impugna el mandamiento provisional del gobernador del Estado, sino lo que reclama es la indebida ejecución de dicho mandamiento y las consecuencias de ella, que se traducen en la desposesión de las tierras y aguas que pertenecen al quejoso y su entrega al tercero perjudicado.
Precedentes
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 1, página 78. Amparo en revisión 4146/68. Comunidad Agraria o Núcleo de Población Comunal de Memelichic, Municipio de Ocampo, Chihuahua. 30 de enero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Felipe Tena Ramírez.
Volumen 2, página 69. Amparo en revisión 326/68. Sergio Antonio Martínez Rodríguez. 26 de febrero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez.
Volumen 10, página 23. Amparo en revisión 1715/69. Roberto Valdez y coagraviados. 10 de octubre de 1969. Cinco votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Volumen 10, página 23. Amparo en revisión 1023/69. Rafael Olivares Rey y coagraviados. 17 de octubre de 1969. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 25, página 15. Amparo en revisión 3904/70. Antonio López Sandoval. 15 de enero de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Nota: En el Apéndice 1917-1985, página 130, la tesis aparece bajo el rubro "EJECUCION INCORRECTA DE MANDAMIENTOS GUBERNAMENTALES, RECLAMADA LA, ES PROCEDENTE EL AMPARO.".