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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238934
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 28, Tercera Parte; Pág. 43
AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES. CELEBRADA LA ELECCION DE SUS MIEMBROS, LA DOCUMENTACION RELATIVA AL ACTO DEBE SOMETERSE A LA CONSIDERACION DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS AGRARIOS Y COLONIZACION.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 28, Tercera Parte; Pág. 43
Realizada la asamblea general de ejidatarios, en la que hayan sido electos los integrantes de un comisariado ejidal, el delegado del Departamento de Asuntos Agrarios y Colonización de la entidad federativa que corresponda, deberá someter el expediente de la elección, a la consideración del jefe del departamento, para que, en ejercicio de las atribuciones que le concede el artículo 6o., fracción X, del reglamento interior del mismo departamento, resuelva lo que legalmente proceda.
Precedentes
Amparo en revisión 3837/70. José Guillén Esteban y otros. 21 de abril de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro.
Séptima Epoca, Tercera Parte:
Volumen 2, página 50. Amparo en revisión 7724/67. Comisariado Ejidal del Poblado "Colonia Enríquez", Municipio de Tepetlán, Veracruz. 27 de febrero de 1969. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Pedro Guerrero Martínez. Secretario: Luis María Aguilar Gómez.
Nota: En el Informe de 1969, la tesis aparece bajo el rubro "COMISARIADOS EJIDALES. CELEBRADA LA ELECCION DE SUS MIEMBROS, LA DOCUMENTACION RELATIVA AL ACTO DEBE SOMETERSE A LA CONSIDERACION DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS AGRARIOS Y COLONIZACION.".