Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/238944
📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238944
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 28, Tercera Parte; Pág. 109
FACTURAS COMO PRUEBA DOCUMENTAL, CALIDAD DE LAS.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 28, Tercera Parte; Pág. 109
La falta de precisión conceptual acerca de la naturaleza jurídica de los documentos simples en el derecho positivo, impide la adopción, por parte de este Alto Tribunal, del criterio de que son aquellos que provienen de terceros que no figuran como partes en el juicio, que tendría serios inconvenientes de aplicarse a las facturas en forma indiscriminada; sobre todo, teniendo en consideración la gran importancia que éstas han adquirido en la actualidad como comprobantes de la adquisición de bienes en las transacciones mercantiles, así como las variantes que pueden presentar, se impone la necesidad de apreciar el valor de ellas de acuerdo con las circunstancias del caso concreto, en vez de fijarles a priori, en forma abstracta y considerándola aisladamente, la categoría de documentos simples, con lo que se restringiría la facultad de los juzgadores para valorarlas como merezcan dentro del contexto lógico y natural de los demás elementos probatorios, obligándolos a aplicar mecánicamente la regla de valoración que, establecida para los documentos simples, puede llevar a conclusiones antijurídicas.
Precedentes
Amparo en revisión 3197/69. Antonio Pardo Camargo. 22 de abril de 1971. Cinco votos en lo que respecta a la concesión del amparo, y por mayoría de tres votos en lo que atañe al alcance de los efectos de la protección constitucional. Disidentes: Jorge Iñárritu y Carlos del Río Rodríguez. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LV, página 2895, tesis de rubro "FACTURAS, VALOR PROBATORIO DE LAS.".