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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 238958
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 7a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 27, Tercera Parte; Pág. 59
MILITARES, CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DE AMPARO CONTRA LA ORDEN DE BAJA DE LOS. INAPLICABILIDAD DE LOS ARTICULOS 44 DE LA LEY ORGANICA DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION Y 99 DE SU REGLAMENTO.
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 27, Tercera Parte; Pág. 59
El argumento en el sentido de que no se puede reinstalar al quejoso, porque conforme a los artículos 44 de la Ley Orgánica del Presupuesto de Egresos de la Federación y 99 de su reglamento, en concordancia con lo establecido por los artículos 2o., 3o., 6o., 23, 24 y 30 de la Ley de Profesiones, los empleados que con el carácter de profesionistas desempeñen algún cargo determinado en el presupuesto, deberán acreditar tal calidad o la correspondiente autorización de ejercicio profesional, so pena de separación del empleo y de devolución de lo percibido, es improcedente e inoperante en la queja, en primer lugar, por referirse a una cuestión de fondo resuelta en el juicio constitucional en donde se expresó al rendirse el informe justificado; y en segundo, porque, aun en el supuesto de no mediar esa circunstancia, siguiendo el criterio sustentado por la Segunda Sala, los citados preceptos no pueden tener aplicación en contra de lo resuelto por una sentencia definitiva de amparo.
Precedentes
Queja 19/70. Guillermo Dardón Hernández. 31 de marzo de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Séptima Epoca, Volumen 16, Tercera Parte, página 60, tesis de rubro "MILITARES, CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA DE AMPARO CONTRA LA ORDEN DE BAJA DE. PAGO DE HABERES CAIDOS DEJADOS DE PERCIBIR. INAPLICABILIDAD DEL ARTICULO 106 DEL REGLAMENTO DE LA LEY ORGANICA DEL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION.".