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📜 Doctrina histórica — 7a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica7a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
238962
Tipo
Tesis Aislada
Época
7a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 27, Tercera Parte; Pág. 65

QUEJA, RECURSO DE. INCOMPETENCIA DE LA SEGUNDA SALA CUANDO SE IMPUGNA LA REPETICION DEL ACTO RECLAMADO. VIGENCIA DE LA TESIS 105, APENDICE DE JURISPRUDENCIA 1917-1965, SEXTA PARTE, PAGINA 207.

[TA]; 7a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Volumen 27, Tercera Parte; Pág. 65

Precedentes

Queja 217/68. Director de Derechos Agrarios y otras. 31 de marzo de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Alberto Jiménez Castro. Queja 194/68. Comisariado Ejidal de San José de la Mora, Municipio de Ciudad Mante, Tamaulipas. 31 de marzo de 1971. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Carlos del Río Rodríguez. Véase: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Sexta Parte, Común, tesis 105, página 207, bajo el rubro "EJECUTORIAS DE LA CORTE, QUEJA CONTRA EL INCUMPLIMIENTO DE LAS.".
Registro digital (IUS): 238962